S I N D I C O S P R O C U R A D O R E S
VUELO DE ANTECEDENTES.- Para hablar del síndico procurador, es necesario ubicar los conceptos de municipio, ayuntamiento y cabildo, pues ordinariamente nosotros los simples mortales mexicanos no los tenemos muy claros. Veamos: el municipio es una entidad política y jurídica integrada por poblaciones asentadas en espacios geográficos determinados administrativamente; tienen unidad de gobierno y se rige por normas acordes a sus propios fines; son, pues, organizaciones comunitarias con gobierno autónomo; constitucionalmente no pueden crear leyes, pero sí expedir reglamentos propios. Teóricamente, los ayuntamientos de México son libres y soberanos, pues no están subordinados al gobierno estatal y manejan su hacienda con cierta libertad, además tienen facultades reglamentarias, ejecutivas y judiciales. Sin embargo, como todos sabemos, en México los ayuntamientos libres son simples entelequias. Un cabildo es: “Un ayuntamiento reunido en sesión”.
VUELO HISTÓRICO.- Los ayuntamientos han sido la célula básica de los gobiernos de México desde que Hernán Cortés instituyó el primer ayuntamiento de Veracruz, el 22 de Abril de 1519. Curiosamente, solo hasta la promulgación de la Constitución Política de 1917 se estableció con las normas todavía válidas para estos cuerpos colegiados, ya que el ayuntamiento es el órgano colegiado y deliberante, de elección popular directa, teóricamente encargado del gobierno y la administración del municipio. Sin embargo, como todos sabemos, en la práctica general solo es un grupo de apoyo político para el presidente municipal. Por su parte la figura del Síndico Procurador no es nueva, pues nació con los primeros cabildos de la Nueva España; era el funcionario que representaba al pueblo ante el Cabildo, la Audiencia y las autoridades de más alto rango; por cierto en 2001, cuando fue creada en Sinaloa esta figura administrativa, ya existía en todos los estados de la República excepto en Chihuahua, Jalisco, Sinaloa y Yucatán.
VUELO DE ACLARACIÓN.- El síndico procurador, como funcionario municipal ha estado ocupando la atención de los sinaloenses pues los medios lo han puesto sobre el tapete en el sentido de que posiblemente desaparezca de los ayuntamientos sinaloenses. Quizá este personaje no esté funcionando tal como seguramente se planeo al crearlo pues implica un labor de vigilancia y control que desde que se estrenó la nueva figura administrativa en 2004, hasta hoy, no ha desempeñado pues el síndico procurador de los ayuntamiento sinaloenses nació en estado vegetativo ya que políticamente queda integrado a la mayoría ayuntamiento porque es elegido en planilla. En realidad, es un funcionario controlador que hace falta, pero siendo de nueva creación ha sido necesario que por lo menos ejerciera uno o dos períodos para ver cómo respondía a la realidad del trabajo. Hoy vemos que no dio el resultado esperado y es necesario no solo ajustar sus atribuciones legales deslindándolo de la contraloría interna y reordenando sus campos de acción, pero ante todo desvincularlo de los lazos políticos directos con el ejecutivo municipal. Hay quienes opinan que el Sindico Procurador debe ser de oposición, pero me parece más democrático que fuese electo, independientemente, dentro del proceso electoral normal del ayuntamiento y del ejecutivo municipal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario