¿CAMBIARÁ LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO?
VUELO DE EXPLORACIÓN.- Sin duda el México de principios de los treinta poseía una legislación del trabajo bastante medieval lo cual fue subsanado en 1931, al emitirse la Nueva Ley Federal del Trabajo cimentada en el artículo 123 de la Constitución del ’17 y que fue una de las más adelantadas del mundo, especialmente por el énfasis obrerista que, dentro de un innegable tufo socialista, sin duda proporcionaba una extraordinaria protección a los trabajadores en una época en la cual, como resultado de la terrible crisis económica mundial la mayoría de los países industrializados había modificado sus leyes del trabajo como una protección para las empresas. Estados Unidos con un 75 por ciento de las grandes empresas en quiebra, o tambaleándose, tenía que hilar muy delgadito para equilibrar los factores de la producción y sabía que una ley laboralista y que fortaleciera a los sindicatos provocaría no solo la huida de los capitales extranjeros sino también de los propios que estaban siendo atraídos por una Europa no solo empobrecida sino en los prolegómenos de una contienda gestada en la Alemania Nazi cuya industria pesada había resurgido de las cenizas de la guerra del 14 al 18 y acosaba comercialmente a las demás naciones europeas que andaban de la greña desesperadas detrás de inversionistas además golpeaba marginalmente a los norteamericanos ofreciendo productos de muy buena calidad.
VUELO ANALÍTICO.- A pesar de que lo sindicatos obreros habían caído en la política al crearse el PNR (abuelo del actual PRI) cuya principal acción fue englobar en uno de sus cuatro sectores creando con esto una forma muy clara de tutelar en los derechos de los trabajadores, cuyas movilizaciones eran ya una valiosa herramienta política. No cabe duda sin embargo que la ley laboral mexicana de 1931 estaba a diez codos por encima de las demás leyes laborales respecto de la protección a los trabajadores no obstante esta forma avanzada de legislar se fue al traste pues dentro de la ley misma tomaba bajo su “protección” a los obreros decidiendo a cuales sindicatos deberían pertenecer les gustase o no y además el gobierno en turno decidía si una huelga procedía o no a través de un férreo control corporativo que sobrevivió cerca de siete décadas y cuyo corporativismo aún hoy ejerce increíbles presiones a los gobiernos de todo nivel y que sin duda sigue repeliendo a los grandes inversionistas extranjeros a pesar de que sucesivas modificaciones (1970 y 1980) han suavizado un tanto la virulencia sindical.
VUELO FUTURISTA.- No se trata de abjurar de los derechos de los trabajadores quienes mal que bien fueron protegidos de las empresas esclavizantes y hoy siguen vitando que caigan bajo la férula de patrones negreros pero sí de acotar muchos aspectos negativos como el “empleo necesario“, los aguinaldos “a chaleco” o las desproporcionadas e injustas indemnizaciones para trabajadores ineficaces que dañan principalmente a las empresas pequeñas y medianas que no tienen capacidad para medir la eficiencia de su personal ni dinero para tirarlo a la calle indemnizando flojos.
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